Historia de los Agustinos XVII

CAPITULO XVII
1835 - EXPULSION BE LOS AGUSTINOS
En este año era Corregidor de Villena, don Justo Sevilla y regidores: don José Lorenzo López, don Francisco Ramón Carrión, don Luis Guerao, don Juan José García, don Antonio Hernández, don Andrés Menor, don José Férriz y don Jerónimo Navarro. Secretario: Don José Cisneros y Díaz.
La Virgen esta en Villena: “ Se acordó por sus Señorías que respecto a que Nuestra
Señora María Santísima de las Virtudes se halla en esta, se celebre el Voto que se anualmente por el Ayuntamiento, en esta misma ciudad el día 25 de los corrientes. (77) {
En 21 de Julio de este mismo año, por una Real Orden de la Reina Gobernadora, cesan en el ejercicio de la Jurisdicción los Corregidores y Alcaldes Mayores. Se denomina Presidente el que está al frente del Ayuntamiento y continúan llamándose regidores los que componen el Ayuntamiento. En este mismo mes de Julio aparece la Real Orden de la Reina Gobernadora, sobre la extinción de Monasterios y Conventos. Villena pertenece, en esta época, a la provincia de Albacete. Is
«Se vieron los Boletines Oficiales de Provincia, hasta el día, particularmente el número sesenta y cinco, en el que se halla inserta la Orden de su Majestad la Reina Gobernadora, de 25 de Julio ultimo, sobre la extinción de Monasterios y Conventos y estando comprendido en dicha Real Orden el Convento de San Agustín, extramuros de la ciudad, ubicado en el Santuario de Nuestra Señora y Patrona María Santísima de las Virtudes, del que es patrono esta ciudad, el cual visto con respeto y veneración, acordó su puntual cumplimiento, a cuyo efecto mandaron que se le inteligencie al Padre Prior y Comunidad de dicho Convento, diciéndoles que queda extinguido y que a la mayor, brevedad pasará una comisión de este Ayuntamiento a hacer un Inventario de todos los. efectos, alhajas y demás que corresponda al mismo, con arreglo al dicho Real Decreto, y para que dicho Santuario no quede abandonado y que se cuide de él y de su culto y esplendor, propuso, el señor Presidente que se nombren a uno o dos Capellanes, para el fin indicado, lo que puesto a discusión, quedó acordado por mayoría de votos, se nombre un solo Capellán y que luego las fincas y propiedades del Convento, correspondientes al Convento se declare no correspóndeles a la Real Hacienda, sobre lo cual este Ayuntamiento hará las gestiones correspondientes y pasará a hacer nombramiento de otro Capellán.
Habiéndose visto a continuación las solicitudes de los presbíteros don Miguel Mellinas, don Francisco María López y don Cristóbal Ruescas, pidiendo que se les nombrase Capellanes de dicho Convento, procedieron a su nombramiento por votos, resultó con mayoría de votos don Miguel Mellinas, quedó electo como Capellán de dicho Santuario, a quien mandaron se le haga saber este nombramiento, para que el día que pase este Ayuntamiento a; hacer el correspondiente Inventario, se presente a entregarse de todo jacto continuo acordó el Ayuntamiento que el día 24 de los corrientes se proceda a practicar el Inventario de todos los bienes, efectos, ropas, alhajas y cuanto corresponda a dicho Santuario, par a cuyo fin acompañarán al señor Presidente, don Juan José García, regidor, y el diputado don José Martínez y un escribano, todo lo cual se le comunicará a la Comunidad, para que no falte ese día en el Convento. (78)
Ayuntamiento 2 Agosto 1835: “Se ve un oficio del señor Administrador de Rentas de esta ciudad, su fecha el día de ayer, en el que manifiesta la noticia que ha tenido de la notificación hecha a los frailes de San Agustín, extramuros de esta ciudad, para que el lunes próximo desocupen dicho Convento,”
“Se vio un memorial de don Cristóbal Ruescas, presbítero, nombrado Capellán de Nuestra Señolea de las Virtudes, en que hace presente que habiendo nombrado este Ayuntamiento otro Capellán, por haberse suprimido el Convenio, decía que renunciaba; acordó el Ayuntamiento que los comisarios pasen en el día de hoy a hacerse cargo de las alhajas y enseres propios de dicha soberana imagen, que obraban en su poder; el Ayuntamiento acordó que los comisarios de festividades don Luis Rodríguez y don José Ferriz, hagan formal entrega a don Miguel Mellinas, Capellán nombrado de dichas alhajas y enseres con las formalidades correspondientes.
Ayuntamiento 27 Agosto 1835: Asimismo acordó el Ayuntamiento que el día 8 de Septiembre próximo, se traslade a su Monasterio a Nuestra Patrona y Señora María Santísima de las Virtudes, que es el día que se celebra el Voto anual, donde este Ayuntamiento tiene la obligación de cumplir, haciendo se los convites de estilo por los comisarios de festividades. Ayuntamiento 1 Septiembre 1835 Se vio un oficio del Administrador de Rentas Reales de esta ciudad y su partido, su fecha 28 de Agosto último, don Blas Pérez López, en el que manifiesta haber hecho presentes las disposiciones tomadas por el Ayuntamiento sobre el Convento de los Agustinos, extramuros de esta ciudad, al señor Comisionado Provincial del Crédito Publico, quien le ha mandado a. dichos Administrador, que proceda a incautarse de las pertenecías de los Conventos, que quedaron suprimidos en el distrito de su Comisión, formando los Inventarios que previene la Instrucción de la Dirección General del Establecimiento, su fecha 19 de Agosto, relativas a la formación de los Inventarios de dichos Conventos, en el oficio el dicho Administrador declara por nula la posesión tomada por el Ayuntamiento y en su consecuencia pide de que se le haga entrega de todo con arreglo a la Instrucción citada, que exhibirá en acto sin perjuicio de lo que se resuelva.
Ayuntamiento 26 Noviembre 1835 : Se vio un oficio del señor Intendente de Rentas de la provincia de Murcia, su fecha 14 de los corrientes, porque el que se manda justificar el derecho; de Patronato que tiene el Ayuntamiento, sobre el Santuario de Nuestra Señora de las Virtudes, su administración y adquisición de fincas; el Ayuntamiento acordó su cumplimiento, mandando que se reconozca su Archivo y se justifiquen los extremos que se mandan.”
El último regidor que cumplió con la tradición de llevar la llave del Sagrario del Convento, los días de Jueves y Viernes Santo fue don Andrés Menor.
BOLETIN OFICIAL DE LA PRQVINCIA DE ALBACETE núm. 65
Principales artículos: Por el Excelenti3imo Señor Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia, se ha comunicado de Real Orden al Señor Regente de esta Audiencia, el último Real Decreto que es como sigue :
Su Majestad la Reina se ha servido dirigirme el siguiente Real Decreto: Hay un preámbulo largo, absurdo e incoherente, que no merece la pena consignarlo. i
Estos son los principales artículos:
1.- Los Monasterios y Conventos de Religiosos, que no tengan 12 individuos profesos, de los cuales las dos terceras partes, al menos, sean de coro, quedan desde luego suprimidos; y lo mismo se verificará en lo sucesivo de aquellos cuyo número venga reducirse con el tiempo a menos del establecido.
5.- Los religiosos de los Monasterios Conventos suprimidos por este Real Decreto, se trasladarán a otras casas de su Orden.
7.- Los bienes y rentas y efectos de cualquier clase que posean los Monasterios y Convento, que deben quedar suprimidos, se aplican a la extinción de la deuda pública o pago de sus réditos.
Albacete 11 de Agosto de 1835 firmado: Luis Vioen "
Los religiosos son expulsados de sus Conventos y Monasterios, según la Real Orden anterior. No sabemos la fecha exacta en la cual los Agustinos dejaron definitivamente el Santuario, pero debió ser dentro de este mes de Agosto de 1835-
La desamorticen tuvo lugar al año siguiente. Era Ministro de Hacienda de la Reina Gobernadora Doña María Cristina de Borbon, don Juan Álvarez de Mendizabal, quien por Reales Decretos de 16 de Febrero y 8 de Marso de 1836, ordenó la incautación de todos los bienes de los religiosos exclaustrados, con el burdo pretexto de conseguir dinero para hacer una reforma, agraria en toda la nación, reforma que jamás se hizo. “Se vendieron propiedades del clero regular y secular por valor de 430 millones de reales.” (80)
El Ayuntamiento de Villena instruye un expediente para conseguir que el Estado no se apodere de los bienes del Santuario, “Se dio cuenta por el procurador del común del expediente instruido sobre el derecho del Patronato, que en todo tiempo ha tenido, sobre el Santuario de Nuestra Señora de las Virtudes y de su administración, y enterado el Ayuntamiento acordó, que se le dé el curso correspondiente sin prejuicio de arreglarlo en caso necesario” (81)
En este expediente el Ayuntamiento prueba exhaustivamente que los bienes del Santuario son suyos y nada tienen que ver en ellos los Agustinos, que eran meros administradores de todos los bienes, en nombre y representaci6nmdel Ayuntamiento.
La solución a este expediente, una vez examinado por la Corte, fue una carta de la Reina Gobernadora, dirigida al Ayuntamiento y en los siguientes términos: “Se leyó una Real Orden, comunicada por el Secretario del Despacho de la Gobernación :Enterada su Majestad' la Reina Gobernadora de una Exposición en que el Ayuntamiento de Villena solicita la conservación del Santuario de Nuestra Señora de las Virtudes, sito en el término de aquella Villa y en vista de los informes evacuados así por el señor Gobernador Civil de la Provincia, como por el Ordinario, se ha servido mandar su Majestad que continúe abierto por ahora el dicho Santuario; dándose culto a la Imagen que en él se venera, con el establecimiento de un Capellán, bajo el Patronato que corresponde al Ayuntamiento y en los términos que este propone en su solicitud.
Lo que traslado a Vd. de orden de su Majestad para su inteligencia y efectos conveniente Dios guarde a V.V. m. a. Madrid 30 de Junio de 183 6". Firmado: Manuel Barni Ayuso. Señores del Ayuntamiento de Villena (82) ¡
Es casi seguro que esta gracia de su Majestad, al Ayuntamiento de Villena, la consiguieran las gestiones de don José María López, que en 17 de Septiembre, había sido nombrado como representante de esta ciudad en la Junta del Gobierno de los Reinos de Valencia y Murcia, amigo y correligionario de Mendizabal. Y mas tarde en Agosto de 1836" fue nombrado Subsecretario de la Gobernación y luego Ministro .Don Joaquin María López tenia una gran devoción a la Virgen de las Virtudes y siempre que venia a Villena, acudía a su Santuario a visitarla y ofrécele flores, velas, etc.
Sin embargo y a pesar de la Carta de la Reina, la Administración continua presionando al Ayuntamiento sobre el Santuario: “Se vio un oficio de don Remigio López,Comisario de Arbitrio de Amortización del partido de esta ciudad, su fecha 13 del actual, en el que inserta otro del Comisionado Provincial del Ramo, por el que manda que proceda a la entrega de todos los papeles y demás pertenecientes del Santuario de Nuestra Señora de las Virtudes, con las debidas formalidades; para su cumplimiento nombró el Ayuntamiento a don Pedro García Forte, regidor, y primer teniente de alcalde y a don Francisco Hurtado y a don Andrés Menor, regidores, los cuales concentrarán con dicha Administración el día y la hora para; la dicha entrega y una vez hecho hagan el cobro de los frutos y rentas, bien sean de arriendos, bien de censos corrientes y atrasados, practicando cuantas diligencias judiciales y extrajudiciales sean necesarias, pues para todo lo concerniente al particular les faculta y autoriza el Ayuntamiento sin restricción alguna mandando librárseles testimonio de este particular para que puedan hacer constar de sus nombramientos donde les convenga.(83).
Pero el Ayuntamiento consigue eludir este apremio de la Administración, apoyándose en la Carta que poseía de la Reina gobernadora y no hizo entrega de cuanto le pedían. Confirma esta idea sobre el particular, un acuerdo tomado por el mismo Ayuntamiento, poco después de la fecha 'indicada: “También se propuso por el señor Presidente, don Juan Mellinas, abogado, que en atención a que su Majestad se dignó amparar a este Ayuntamiento en el derecho del Patronato sobre el Santuario de Nuestra Señora de las Virtudes, mandando devolver sus bienes y rentas para su culto y manutención de un Capellán, que cuide de él, con algún asistente para lo necesario, ya que el Ayuntamiento cesante tenía nombrada una Comisión para que entendiese en ello, debiendo el actual continuar con el mismo cuidado, se acordó que se nombre otra Comisión y de conformidad se nombró al señor Presidente, el regidor don Nicolás Valero, el sindico don José Navarro López,y el secretario de la Corporación, quienes se entregaron con debida cuenta de cuanto haya existente y cuidarán de todo y advirtiéndoles que de los primeros fondos se practique la reparación del Santuario,”(84)
Don Miguel Mellinas, de 39 anos, Beneficiado de la Parroquia de Santa María,con domicilio en la ciudad, calle de la Corredera numero 29, es el primer Capellán, nombrado por el Ayuntamiento, que inaugura la relación de los muchos Capellanes que se han sucedido a través de estos años, cuidando del culto de la Virgen y del Santuario.
Este nombramiento no fue aprobado y ratificado por el Obispo de la Diócesis, hasta dos años mas tarde. Su dependencia de la Parroquia de Santa María, por ser Beneficiado de la misma fue un obstáculo para que el Obispo aprobara este nombramiento, hecho por el Ayuntamiento de Villena: “Consiguiente a lo que V.S.S. me propusieron en su Exposición, fecha 6 del corriente, he dispensado a don Miguel de Mellinas de residencia personal al Coro de la Parroquia de Santa María,con el objeto de que se encargue de la asistencia y cuidado del Templo e Imagen de Nuestra Señora de las Virtudes, en el extinguido Convento de San Agustín, pero con la cualidad de ponerme un Ecónomo que levante sus cargos y ayude a los demás Capellanes de la Parroquia de Santa María,quienes de otro modo se quejarían de que se les recargase sus obligaciones. Así se lo hago, entender con esta fecha a don Miguel Mellinas. Y con este motivo ofrezco a V.S.S. mis deseos de complacerle».
Dios guarde a V.S.S. muchos años.
Murcia 24 de Enero de 1838. José Antonio de Azpeytia, Obispo de Cartagena.
Al producirse la segunda fase de la desamortización, en el año 1855, siendo Ministro de Hacienda, don Pascual Mahoz, todos los bienes del Santuario, censos, tierras, casas, que poseía en Yecla, Sax y Villena, pasan a poder del Estado, que los malvende, muchas veces por la mitad de su precio a gentes desaprensivas y sin muchos escrúpulos. El Ayuntamiento nada pudo hacer en esta ocasión. ¡Recordamos una finca en Villena, que primero fue Hospedería de los Agustinos, donde traían a sus religiosos enfermos, por la contaminación dé las aguas de la Laguna, en cuya Hospedería tenían un Oratorio, y que ha llegado hasta nuestros días, con el nombre de Posada del Sol, descrita en sus limites anteriormente, con una superficie de 1,318,?5 metros, que el Ayuntamiento de Villena, siendo Alcalde don Cristóbal Amorós Cerdán, en agosto de 1929,compró a los que ostentaban la propiedad, en aquella fecha, Juan Fillol Ferriz y Manuela Rico Fillol, por 81.889, pta.; Los dueños no explotaban la Posada del Sol, la tenían arrendada a Rafael Navarro Monzo, que sucedió a su padre, José Navarro Rigal, como posadero, oriundos de Yecla. El Ayuntamiento indemnizó al posadero con 3.700 ptas. por dejar libre la Posada, que destruyó para expansión de la ciudad, según proyecto del Arquitecto municipal, don J. Aracil.
Nos sorprende una relación de vestidos y alhajas de la Virgen de las Virtudes, veintinueve años mas tarde de esta segunda desamortizavión, que pone de manifiesto dos cosas bien que los vestidos y alhajas de la Virgen no se las apropiara, bien que la devoción a la Virgen de ,: los villenenses hizo posible, que en tan pocos años, la Virgen poseyera todo ellos “Una corona de plata sobredorada, con piedras preciosas, un rostrillo de igual metal para la Virgen y otro para el Niño. Tiene la Virgen veintidós sortijas de oro con diamantes, varias cadenas de oro y otras joyas de mas o menos valor. Una rosa de oro y plata. Vestidos: tres blancos con ramos de oro y plata, otro de alama de plata, bordado en oro, otro de raso morado con ramos de oro y otros de diferentes colores; así como uno blanco de seda, bordado de oro por las Religiosas de Convento de la Santísima Trinidad, regalo del presbítero don Pedro Lobregad. Un estandarte de alama de plata y un palio de la misma clase, ambos bordados en oro. (85).
La devoción a la Virgen de las Virtudes, que tanto propagaron los Agustinos y que fue su principal misión en los años que estuvieron en Villena, ha persistido hasta nuestros días y es el principal legado que dejaron al pueblo de Villena. i
'Los Agustinos llegaron a Villena en el año 1524.Pueron expulsados del Santuario en el año 1836, pasaron haciendo el bien. Dieron a Villena gloria, honor, honra y fama, y consiguieron que Villena y Su Santuario de la Virgen de las Virtudes, fue se conocido y respetado a nivel nacional desde el siglo XVI.

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